Segundo trimestre Novedades en la modalidad de votación para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, acciones afirmativas y paridad de género

Autoridades electorales de la Ciudad de México

Instituto Electoral de la Ciudad de México

Es la autoridad electoral local que se encarga de organizar las elecciones de Jefatura Gobierno, diputaciones al Congreso y de las alcaldías en la Ciudad de México, así como los instrumentos y mecanismos de participación ciudadana establecidos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.

Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Es el órgano jurisdiccional especializado que atiende y resuelve los medios de impugnación en materia electoral y de participación ciudadana en la Ciudad de México. Se encarga de garantizar los derechos político-electorales de la ciudadanía.

Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE Ciudad de México)

Es la autoridad encargada de prevenir, investigar y perseguir los delitos electorales en la Ciudad de México.

¿Quieres conocer más sobre el tema de elecciones, procedimientos y mecanismos de participación ciudadana?

Instituto Electoral de la Ciudad de México

Organiza las elecciones locales en la Ciudad de México, para renovar la persona titular de la Jefatura de Gobierno, las diputaciones al Congreso de la Ciudad de México y a las personas titulares de las alcaldías con sus concejalías.

Lleva a cabo las actividades necesarias para la preparación de la jornada electoral local, promoviendo la celebración de elecciones periódicas, auténticas y pacíficas, así como el respeto al voto ciudadano universal, libre, directo, secreto, personal e intransferible.

Fuente: Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión del IECM

El Instituto Electoral de la Ciudad de México, se encarga de garantizar:

Fuente: Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión del IECM

Determina el uso parcial o total de sistemas de votación electrónica para recibir y computar la votación en los procesos electorales y mecanismos de participación ciudadana, de la ciudadanía de la Ciudad de México, incluyendo la residente en el extranjero y personas en estado de postración.

Fuente: Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión del IECM

En materia de participación ciudadana

Organiza y desarrolla los procesos electivos de los órganos de representación ciudadana, así como los mecanismos de participación ciudadana y la consulta sobre presupuesto participativo.

Cada año se encarga de organizar la «Consulta de presupuesto participativo», y cada tres años la «Elección de comisiones de participación comunitaria» (Copaco).

Promueve

La capacitación de las personas ciudadanas y habitantes de la Ciudad de México en temas de participación ciudadana, con el fin de coadyuvar a la construcción de ciudadanía.

Fuente: Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión del IECM

Fomenta y garantiza

El derecho de niñas, niños, adolescentes y personas jóvenes a la educación cívica, participar en la observación electoral y en la toma de decisiones públicas que se toman en los ámbitos familiar, escolar, social, comunitario o cualquier otro en que se desarrollen.

Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Garantiza los principios de certeza y definitividad en las diferentes etapas de los procesos electorales y de los procedimientos de participación ciudadana, así como el de legalidad de los actos y resoluciones de las autoridades en la materia.

Atiende los medios de impugnación y juicios en materia electoral, relacionados con probables irregularidades en el desarrollo de las elecciones de la Jefatura de Gobierno, las diputaciones al Congreso de la Ciudad de México y de las personas integrantes de las alcaldías.

Resuelve los medios de impugnación y juicios en materia de participación ciudadana, relacionados con probables irregularidades en el desarrollo de los procesos y mecanismos, incluidos los conflictos entre órganos de representación ciudadana o sus integrantes.

Conoce de los juicios para salvaguardar los derechos político-electorales de la ciudadanía, en contra de las determinaciones de las autoridades electorales locales.

También cuenta con una «Defensoría Pública de Participación Ciudadana y de Procesos Democráticos» que tiene como fin brindar asesoría y defensa gratuita a la ciudadanía en los procesos de participación ciudadana, a fin de que se reconozcan y garanticen sus derechos.

Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE Ciudad de méxico)

Autoridad encargada de garantizar justicia en materia penal electoral, en la Ciudad de México.

  • Previene la comisión de delitos electorales,
  • Investiga hechos probablemente constitutivos de delitos electorales, y
  • Persigue a las personas transgresoras de la normatividad penal electoral.

¿Qué es un delito electoral?

Es toda acción u omisión que lesiona o pone en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral, especialmente, en la emisión del voto en cualquiera de sus características de ser universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.

¿Por qué denunciar y dónde hacerlo?

Porque es deber de toda persona ciudadana que sea víctima o testigo de un delito, dar conocimiento inmediatamente a la autoridad.

Con tu voto fortaleces la democracia

«El voto es una forma de expresión de la voluntad de las personas que sirve para tomar una decisión colectiva. Votar es el acto por el cual un individuo manifiesta que prefiere cierta opción, fórmula o persona frente a otras. Votar siempre implica elegir entre distintas opciones. Funciona como un método de decisión y se emplea en una variedad de contextos y situaciones con propósitos diversos y en grupos de muy distinto tamaño».

Gutiérrez Espíndola, José Luis. El voto: herramienta de la vida democrática. Instituto Nacional Electoral, México, 2016, páginas 6 y 7.

Fuente: Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión del IECM

El voto se vive y ejerce diariamente

Se puede presentar en diversas situaciones que vives día con día, por ejemplo en el ámbito familiar puede servir para designar quiénes realizarán las tareas en el hogar; en las escuelas para elegir a sus representantes ante las autoridades escolares; en lo laboral, las personas trabajadoras deciden quiénes les representarán en favor de sus demandas o derechos laborales; en el caso del presupuesto participativo, la ciudadanía decide cuáles son las acciones o proyectos que benefician a su comunidad, o en los procesos electorales, la ciudadanía decide quiénes les representarán en beneficio de su país, ciudad, alcaldía o congreso legislativo.

El voto es un derecho y deber

Antes de ejercerlo, la ciudadanía debe mantenerse informada, conocer quiénes son las personas candidatas, su trayectoria política, propuestas de trabajo y cómo plantean llevarlas a cabo; es importante que lean, escuchen y observen diferentes fuentes de información, tanto en medios tradicionales como las diferentes plataformas y redes sociales, y así entonces otorgarles su voto de confianza.

Fuente: Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión del IECM

¿Conoces algunas de las novedades en las próximas elecciones del 2024?

El 2 de junio de 2023, entraron en vigor nuevas disposiciones en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, con las que se garantizan los derechos político-electorales de las personas en prisión preventiva, es decir, que no han recibido condena, y de las personas en estado de postración, esto es que, por enfermedad o imposibilidad física, no puedan acudir a la casilla a emitir su voto el día de la jornada electoral, por lo que podrá hacerlo en modalidad postal de manera previa a la jornada electoral, a través del voto anticipado.

¿Cuáles son las nuevas modalidades de votación en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024?

Voto de personas en prisión preventiva

Fuente: Imagen tomada de la página https://centralelectoral.ine.mx/2023/12/12/realizara-ine-voto-en-prision-preventiva-del-6-al-20-de-mayo-de-2024/

La prisión preventiva es la medida cautelar impuesta por resolución judicial, consistente en la privación temporal del derecho a la libertad personal, para asegurar la presencia de la persona imputada en el procedimiento. Esto garantiza la seguridad de la persona víctima o que da testimonio, así como el desarrollo de la investigación y la conclusión del proceso penal.

Para las elecciones a celebrarse en 2024, se prevé el voto de las personas en prisión preventiva, es decir, aquellas personas que no han recibido una sentencia firme que tenga como consecuencia la suspensión de sus derechos político-electorales.

Fuente: Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión del IECM

Para el caso de la Ciudad de México, las personas en prisión preventiva podrán votar en la elección de la Presidencia de la República, la Jefatura de Gobierno, las diputaciones al Congreso y las alcaldías; lo anterior derivado de la reciente reforma al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

Podrán votar aquellas personas que se encuentren en prisión preventiva en alguno de los centros penitenciarios determinados como viables por las autoridades penitenciarias, y que, habiendo solicitado su inscripción en la Lista Nominal del Electorado en Prisión Preventiva, ésta resulte procedente.

Voto anticipado de personas en estado de postración

El estado de postración se define como un abatimiento por enfermedad o aflicción, es decir, que una persona no es capaz de hacer ciertas actividades o movilizarse por su cuenta de forma permanente derivado de alguna discapacidad médicamente certificada.

El voto anticipado debe entenderse como la aplicación de medidas de inclusión y nivelación para que los grupos de atención prioritaria, como las personas con discapacidad, puedan ejercer su derecho al voto en igualdad de condiciones, en la modalidad tipo postal en el domicilio de la persona, en un periodo previo al de la jornada electoral del 2 de junio de 2024.

Del 6 al 20 de mayo de 2024, en un periodo de votación anticipada, las personas en estado de postración cuya solicitud individual de inscripción a la Lista Nominal de Electores se haya dictaminado procedente, podrán emitir su voto.

Fuente: Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión del IECM

La modalidad de votación para este caso será del tipo postal en su domicilio, donde el personal del Instituto Nacional Electoral será responsable de recibir y resguardar el voto de las personas en estado de postración.

Voto de personas mexicanas residentes en el extranjero

En este proceso electoral se garantizará a las personas mexicanas residentes en el extranjero sus derechos político-electorales a través de la implementación de tres modalidades que la ley reconoce para el ejercicio de su voto fuera del país:

Modalidad postal

La ciudadanía que haya elegido esta modalidad recibirá por parte del INE, en la primera semana de mayo de 2024, el paquete electoral postal que contendrá: las boletas electorales, el instructivo con las indicaciones de cómo marcar las boletas y regresar los votos a México, así como los sobres para resguardar el voto.

Fuente: Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión del IECM

Una vez que reciba el paquete, deberá marcar en la boleta, la opción de su preferencia, posteriormente deberá doblar e introducir la boleta electoral en el sobre recibido, cerrándolo de forma que asegure la secrecía del voto y, en el plazo de la primera semana de mayo y hasta las 08:00 horas del 1° de junio de 2024, la persona ciudadana deberá enviar el sobre que contiene la boleta electoral por correo postal al INE.

Modalidad electrónica por internet

Brinda la posibilidad de que, a través de cualquier dispositivo con conexión a internet, la ciudadanía que se encuentre en el extranjero participe en elecciones federales y locales, así como en los mecanismos de participación ciudadana, en su caso.

Para este Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, el INE habilitó el «Sistema de Voto Electrónico por Internet para las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero» (SIVEI).

En 2024, la ciudadanía residente en el extranjero podrá votar por la modalidad electrónica, de manera segura a través del SIVEI; para ello deberá registrarse vía electrónica o telefónica. Si el registro es procedente, recibirá en su correo electrónico la información de acceso (usuario, clave e instrucciones), a más tardar el 3 de mayo de 2024.

El periodo de votación será del 18 de mayo y hasta las 18:00 horas (del Centro de México) del domingo 2 de junio de 2024.

Modalidad presencial en sedes consulares habilitadas

Este año, se instalarán Módulos Receptores de Votación (MRV) en sedes consulares habilitadas para lograr que la ciudadanía de la capital del país que reside en el extranjero siga incidiendo en la toma de decisiones que afectan su lugar de origen.

Esta modalidad de votación se llevará a cabo de forma presencial el día de la jornada electoral (2 de junio de 2024) en las sedes consulares habilitadas y será emitido vía electrónica a través del Sistema Electrónico por Internet (SIVEI).

¿Sabes qué es la paridad en las candidaturas?

Es un principio constitucional que ordena el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos político-electorales de mujeres y hombres.

Implica el derecho de igualdad política entre mujeres y hombres, el cual se garantiza con la integración cualitativa y cuantitativa de 50% de mujeres y 50% de hombres en candidaturas a cargos de elección popular y en nombramientos de cargos por designación, de forma horizontal y vertical.

¿A qué se refiere la paridad vertical y la paridad horizontal?

Paridad vertical

Obligación que tienen los partidos políticos de postular en igualdad de porcentaje a mujeres y hombres, de manera alternada en las listas de representación proporcional, así como en las planillas y listas de mayoría relativa.

Asimismo, las candidaturas sin partido deberán observar lo mismo en la postulación.

Paridad horizontal

Obligación a cargo de partidos políticos de postular por igual a mujeres y hombres, para encabezar las fórmulas de diputaciones, alcaldías o planillas para las concejalías de todos los distritos electorales uninominales y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

¿Conoces las acciones afirmativas para este proceso electoral 2023-2024?

Acciones afirmativas en el ámbito electoral

Son el conjunto de medidas de carácter temporal, correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a garantizar la igualdad sustantiva y a reducir las prácticas discriminatorias en contra de personas integrantes de los sectores sociales, étnicos o minoritarios que históricamente han sido excluidas del acceso o la distribución de recursos, bienes o servicios y al ejercicio pleno de sus derechos, para su inclusión y participación plena en los ámbitos de la vida política, económica, social, educativa, cultural y deportiva, de acuerdo a la situación particular que se busque combatir.

Estas medidas deberán ser legítimas y respetar los principios de justicia y proporcionalidad.

Candidaturas indígenas

En el ámbito político, el reconocimiento de los pueblos, barrios originarios y comunidades indígenas residentes en la Ciudad de México ha tomado forma a través de medidas de inclusión y participación activa en los procesos electorales y de toma de decisiones.

La postulación de candidaturas indígenas y la promoción de acciones afirmativas buscan empoderar a esta población, permitiéndoles contribuir directamente a la configuración de la agenda política y la defensa de sus derechos.

Derechos político-electorales de las personas con discapacidad

A fin de respetar, y garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales de las personas con discapacidad y su participación política, el Instituto Electoral de la Ciudad de México realiza acciones permanentes para promover el ejercicio de su derecho al voto y a la participación ciudadana; también, con el objeto de dar accesibilidad a las personas con discapacidad, ha diseñado diversos materiales electorales que facilitan el voto.

Fuente: Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión del IECM

Personas de la diversidad sexual y de género

Las autoridades electorales de la Ciudad de México deben asegurar el pleno ejercicio de los derechos político-electorales de las personas de la diversidad sexual y de género, con el fin de aumentar su participación política, a través de la formulación de medidas que garanticen su inclusión en el ámbito político.

Para el caso de las personas trans, se han realizado acciones que aseguren la no discriminación en el ejercicio de sus derechos político-electorales. Una de estas acciones es la elaboración del «Protocolo Trans para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en todos los tipos de elección y mecanismos de participación ciudadana» del Instituto Nacional Electoral.

Personas jóvenes

Se debe garantizar el ejercicio de los derechos de las personas jóvenes a la participación política, tanto su ejercicio del derecho al voto, así como postularse en los cargos de elección popular.

Personas afrodescendientes o afromexicanas

En el año 2019, se adicionó el apartado C al artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de reconocer a los pueblos y las comunidades afromexicanas, o cualquiera que sea su autodenominación, como parte de la composición pluricultural de la nación.

Al ser una población históricamente discriminada e invisibilizada, es importante garantizar el pleno ejercicio de sus derechos políticos.

¿Conoces las acciones afirmativas para este Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024?

El Instituto Electoral de la Ciudad de México emitió los «Lineamientos para la postulación de candidaturas a Jefatura de Gobierno, diputaciones, alcaldías y concejalías de la Ciudad de México, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024».

Este documento establece disposiciones obligatorias para la integración de listados, planillas y fórmulas de candidaturas, orientadas a incluir grupos de atención prioritaria que, debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales; entre estos grupos se encuentran:

  • Personas jóvenes (Entre 18 y 35 años).
  • Personas con discapacidad.
  • Personas pertenecientes a pueblos y barrios originarios, o comunidades indígenas.
  • Personas de la diversidad sexual y de género.
  • Personas afrodescendientes o afromexicanas.
  • Personas adultas mayores (Más de 60 años).

Si quieres conocer más, revisa los siguientes materiales que ha elaborado el Instituto Electoral de la Ciudad de México:

¿Qué es una casilla y quiénes la integran?

La casilla electoral es el lugar en el que se recibe el voto de la ciudadanía y se instala una por cada sección electoral y por cada 750 electores con domicilio en el respectivo ámbito territorial; es operada por ciudadanos y ciudadanas que son sorteados para hacerse cargo de la recepción del voto, y son residentes en la misma sección electoral en la que deberán instalar la casilla.

Para 2024, en la Ciudad de México, se instalarán mesas directivas de casilla única (MDCÚ), conformadas por las siguientes personas:

(1 persona presidenta, 2 secretarias, 3 escrutadoras y 3 suplentes generales)