Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México (LPCCM)
La Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México, es el documento normativo que tiene por objeto:
- Establecer y regular los mecanismos e instrumentos de la participación ciudadana.
- Fomentar la inclusión ciudadana, así como respetar y garantizar la participación de la ciudadanía.
- Establecer las obligaciones de todas las autoridades de la Ciudad de México para promover, respetar y garantizar la participación ciudadana.
De conformidad con el artículo 5 de la LPCCM, las autoridades y ciudadanía están obligadas a regir sus conductas con base en 13 principios, los cuales te proponemos pongas en práctica para una mejor convivencia en tu comunidad.
Se refiere a la facilidad de acceso para que cualquier persona, incluso aquellas que tengan limitaciones en la movilidad, en la comunicación o el entendimiento, pueda llegar o hacer uso de un lugar, objeto o servicio.
Compromiso compartido entre gobierno y sociedad, con el fin de participar en los asuntos públicos y acatar las decisiones y acuerdos mutuamente convenidos en las distintas materias involucradas.
Está basado en el reconocimiento de la participación ciudadana como componente sustantivo de la democracia y como contrapeso indispensable y responsable del gobierno, y no como sustituto de las responsabilidades del mismo.
Por parte de la institución gubernamental refiere a asumir el hecho de gobernar y conducir el desarrollo local de manera conjunta con la sociedad.
Principio conforme al cual todas las personas, sin distinción alguna, acceden con justicia e igualdad al uso, control y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades, instrumentos y mecanismos que la LPCCM contiene.
Es el reconocimiento de la diferencia y la coexistencia de la diversidad cultural que existe en la sociedad en un plano de igualdad, equidad real y dignidad humana; se manifiesta en la salvaguarda, respeto y ejercicio de los derechos humanos, económicos, sociales, culturales, políticos y civiles de toda persona, pueblo, comunidad o colectivo social, independientemente de su origen.
Fundamento de la democracia y de la ciudadanía que engloba y comprende a la diversidad social y cultural que forma parte de la sociedad, a través de la concertación y de integrar sus distintas experiencias individuales y colectivas, sus ideologías, creencias, filiaciones políticas y opiniones en los procesos participativos.
Garantía de que las decisiones públicas y los procesos de gestión se llevarán a cabo en el marco del Estado de Derecho, garantizarán la información, la difusión, la civilidad y, en general, la cultura democrática.
Facultad de actuar, opinar, expresarse y asociarse según la voluntad de la persona, siempre y cuando sea respetando la Ley y el derecho ajeno.
El impedimento a toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por objeto o resultado impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.
Reconocimiento pleno a la diferencia y a la diversidad de opiniones y posturas asumidas en torno a los asuntos públicos. Considera incluso la libertad de elegir cuando y de qué manera se participa en la vida pública.
Disposición a asumir los problemas de otros y del conjunto de la población como propios, a desarrollar una sensibilidad sustentada en la calidad humana y a generar relaciones de cooperación y fraternidad entre personas vecinas y habitantes, ajenas a todo egoísmo.
Garantía de reconocimiento y respeto pleno a la diversidad social, cultural, ideológica y política de quienes forman parte en los procesos participativos. Ésta es un fundamento indispensable para la formación de los consensos y acuerdos.
La reflexión de los pros y contras, entre dos o más personas para tomar una decisión en democracia.
Es el derecho de la ciudadanía de conocer, por medios accesibles, la información derivada de las acciones y decisiones que llevan a cabo las autoridades.
Para llevar a cabo acciones en beneficio de nuestra comunidad, la ciudadanía y sus autoridades deben dialogar y llegar a acuerdos, permitiéndoles desarrollar y ejecutar proyectos de manera conjunta, para así lograr que el trabajo realizado por todas las personas involucradas llegue a buen puerto.
¿Qué es la participación ciudadana?
La LPCCM, en su artículo 3, señala que la participación ciudadana es el conjunto de actividades mediante las cuales toda persona tiene el derecho individual o colectivo para:
- Intervenir en las decisiones públicas, deliberar, discutir y cooperar con las autoridades;
- Incidir en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas y actos de gobierno de manera efectiva, amplia, equitativa, democrática y accesible, y
- Involucrarse en el proceso de planeación, elaboración, aprobación, gestión, evaluación y control de planes, programas, políticas y presupuestos públicos.
En el artículo 9 de la LPPCM, se establece que para efectos de esta ley, las personas pueden ser:
Personas originarias
Las nacidas en el territorio de la Ciudad, así como sus descendientes en primer grado.
Personas habitantes
Las personas que residan en la Ciudad.
Personas vecinas
Quienes residen por más de seis meses en la unidad territorial que conformen dicha división territorial; esta calidad se pierde por dejar de residir por más de seis meses, excepto por motivo del desempeño de cargos públicos de representación popular o comisiones de servicio que les encomienda la Federación o el Gobierno de la Ciudad.
Personas ciudadanas
Las personas que reúnan los requisitos constitucionales y posean, además, la calidad de persona vecina u originaria de la Ciudad.
«Y tú, ¿eres persona originaria, habitante, vecina o ciudadana de la Ciudad de México?»
Autoridades en materia de democracia directa y participativa
Las autoridades deben promover, sensibilizar y difundir los valores y principios de la participación ciudadana, así como, la construcción de ciudadanía y cultura democrática; deben formar y capacitar a las personas servidoras públicas en materia de participación, democracia directa y democracia participativa; y garantizar, proteger, atender y respetar la participación establecida en las leyes de la Ciudad de México.
Jefatura de Gobierno
Congreso de la Ciudad de México
Alcaldías
Instituto Electoral de la Ciudad de México
Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Sala Constitucional
Secretaría de la Contraloría General
Las autoridades de la Ciudad, en su ámbito de competencia, están obligadas a garantizar, atender, consultar, incluir, proteger y respetar la participación establecida en la Constitución Política de la Ciudad de México y en las leyes de la Ciudad. Entre sus deberes, se encuentra promover:
- Cursos y campañas de formación, sensibilización, promoción y difusión de los valores y principios de la participación ciudadana;
- Construcción de ciudadanía y de la cultura democrática;
- Formación y capacitación de personas servidoras públicas en materia de participación, democracia directa y democracia participativa;
- Fortalecimiento de las organizaciones ciudadanas, comunitarias y sociales, y
- Difusión y conocimiento de los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana, y órganos de representación ciudadana.
Para cumplir con lo mandatado por la LPCCM, en lo que respecta a la promoción de cursos y campañas de formación, sensibilización, promoción y difusión de los valores y principios de la participación ciudadana, el Instituto Electoral de la Ciudad de México cuenta con diversas herramientas con las que busca difundir la cultura democrática y promover la contrucción de ciudadanía.