La democracia se fortalece cuando la ciudadanía ejerce su derecho y su obligación de participar en los asuntos públicos de su comunidad y ciudad.
Una forma de poder incidir en las políticas públicas, planes y programas de gobierno es mediante del uso de los diversos mecanismos e instrumentos que contempla la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.
Mecanismos de democracia directa
Estos mecanismos se orientan hacia un proceso consultivo plural ciudadano, en el que se somete un acto de gobierno (ley, decreto, reforma) o cargo revocatorio a consideración de la ciudadanía, quien tendrá la posibilidad de manifestarse en el sentido de aprobar o rechazar el acto consultado y cuyos resultados podrán ser vinculantes para la autoridad, siempre que cumpla los requisitos establecidos en la ley.
a) Iniciativa Ciudadana
La iniciativa ciudadana es el mecanismo de democracia directa mediante el cual la ciudadanía presenta al Congreso local, proyectos de creación, modificación, reforma, derogación o abrogación de leyes y/o decretos propios del ámbito de su competencia.
Existen límites respecto de la materia en que se pueden presentar iniciativas ciudadanas, ya que no se podrán presentar iniciativas en materia penal, tributaria o que contravengan derechos humanos.
b) Referéndum
Es un mecanismo mediante el cual la ciudadanía aprueba las reformas a la Constitución local y demás normas de carácter general que sean competencia del Congreso local.
No se pueden someter a referéndum las decisiones legislativas en materia penal, tributaria y de derechos humanos.
c) Plebiscito
Mecanismo mediante el cual la ciudadanía tiene derecho a ser consultada para aprobar o rechazar decisiones públicas que sean competencia de las personas titulares de la Jefatura de Gobierno o de las alcaldías.
En el mismo sentido que los mecanismos anteriores, no puede someterse a plebiscito los actos de autoridad relativos a materias de carácter penal, tributario, fiscal y ninguna que contravenga los derechos humanos.
d) Consulta ciudadana
Es un mecanismo a través del cual las autoridades someten a consideración de la ciudadanía, por medio de preguntas directas, foros o algún otro instrumento de consulta, cualquier tema que tenga impacto trascendental en los distintos ámbitos temáticos, sectoriales y territoriales en la Ciudad de México.
e) Consulta popular
Es un mecanismo a través del cual el Congreso local somete a consideración de la ciudadanía en general, por medio de preguntas directas, cualquier tema que tenga impacto trascendental en todo el territorio de la ciudad.
Se entenderá que existe trascendencia en el territorio de la Ciudad de México, cuando el tema propuesto en la consulta repercuta en la mayor parte de las demarcaciones territoriales o que impacte de una manera significativa en la población de la Ciudad.
No podrá ser objeto de consulta popular las decisiones en materia de derechos humanos, penal, tributaria y fiscal.
f) Revocación de mandato
Es el mecanismo mediante el cual la ciudadanía decide que una persona representante de elección popular, termine o no de forma anticipada, el ejercicio del cargo para el cual fue electa.
Este mecanismo sólo procede cuando haya transcurrido, al menos, la mitad de la duración del cargo de representación popular que se trate y no podrá realizarse en los años en que se lleve a cabo el proceso electoral local ordinario.
Instrumentos de democracia participativa
Estos instrumentos permiten que la ciudadanía, de forma individual o colectiva (organizaciones ciudadanas, comisiones, coordinadoras) establezcan un diálogo directo con autoridades e instituciones de la administración pública a fin de emitir una opinión, proponer y evaluar políticas y servicios públicos, deliberar asuntos comunitarios en representación de intereses colectivos o públicos de su comunidad.
Su naturaleza corresponde a un enfoque de organización comunitaria para atender problemas locales que afectan a un sector o comunidad determinados, en donde la participación social es fundamental para entablar una comunicación con las autoridades correspondientes.
La Ley de Participación considera los siguientes seis instrumentos con sus respectivos procesos y figuras específicas.
a) Colaboración Ciudadana
Es un instrumento por medio del cual las personas habitantes de la ciudad, las organizaciones ciudadanas o los sectores sociales podrán colaborar con las dependencias de la administración pública en la ejecución de una obra o la prestación de un servicio público, colectivo o comunitario, aportando para su realización recursos económicos, materiales o trabajo personal.
b) Asamblea Ciudadana
Es el máximo órgano de decisión comunitaria en cada una de las unidades territoriales en que se divide a la Ciudad de México; es pública, abierta e integrada por las personas habitantes y vecinas de la unidad territorial, en ella pueden participar niñas, niños y personas jóvenes menores de 18 años con derecho a voz; aquellas que sean personas ciudadanas con credencial para votar actualizada tendrán derecho a voz y voto.
La asamblea ciudadana tiene, entre otras, la atribución de fomentar la democracia, la formación cívica y la participación ciudadana entre las personas habitantes de la unidad territorial, emitiendo opiniones, evaluando programas, políticas y servicios públicos aplicados por las autoridades de su demarcación territorial y del Gobierno de la Ciudad de México.
De manera ordinaria, son convocadas por las personas integrantes de la Comisión de Participación Comunitaria de la unidad territorial, el Instituto Electoral de la Ciudad de México apoya en la difusión y divulgación de la convocatoria mediante la «Plataforma Digital de Participación Ciudadana».
En caso de tener interés sobre las próximas asambleas a celebrar en tu unidad territorial, te invitamos a que revises nuestra página dedicada a la difusión de este instrumento de participación ciudadana, mediante el siguiente enlace electrónico.
c) Comisiones de Participación Comunitaria
En cada unidad territorial se elegirá un órgano de representación ciudadana denominado Comisión de Participación Comunitaria (Copaco), conformado por nueve personas integrantes, electas en jornada electiva por votación universal, libre, directa y secreta. Tendrán un carácter honorífico, no remunerado y durarán en su encargo tres años.
Estas comisiones tendrán la función de representar los intereses colectivos de las personas habitantes de la unidad territorial, así como conocer, integrar, analizar y promover las soluciones a las demandas y propuestas de las personas vecinas de su ámbito territorial.
¿Quieres conocer a las personas integrantes de la Copaco en tu unidad territorial? Es muy sencillo, accede al siguiente enlace y busca tu demarcación territorial y colonia para conocer a las vecinas y los vecinos que integran este importante órgano de representación ciudadana.
Si quieres dar seguimiento a sus reuniones, minutas y acuerdos, te invitamos a revisar las actividades de la Copaco desde su instalación a la fecha, en el siguiente enlace electrónico:
d) Organizaciones Ciudadanas
Son todas aquellas personas morales sin fines de lucro cuyo ámbito de actuación está vinculado a los intereses públicos o colectivos de al menos una de las unidades territoriales de la Ciudad de México y cuyo objeto social, especificado en su acta constitutiva, considera la participación ciudadana o la democracia.
Estas organizaciones tienen prohibido promover, participar o llevar a cabo actividades de carácter proselitista o electoral en favor de una persona o partido político alguno.
¿Qué derechos tienen?
- Participar activamente en los mecanismos de democracia directa y en los instrumentos de participación ciudadana.
- Participar en las reuniones de las asambleas ciudadanas, a través de una persona representante con voz.
- Recibir información por parte de los órganos de Gobierno de la Ciudad sobre el ejercicio de sus funciones, así como sobre los planes, programas, proyectos y acciones de gobierno en términos de la presente ley.
- Opinar respecto a los planes, programas, proyectos y acciones de Gobierno a través de la Plataforma del IECM.
- Presentar propuestas para los planes, decisiones, políticas, programas y acciones de los órganos de Gobierno.
- Recibir capacitación por parte del IECM.
e) Coordinadora de Participación Comunitaria
Es la instancia de coordinación ciudadana, establecida en cada una de las alcaldías, integrada por la persona representante de cada una de las Copaco que integran la demarcación territorial correspondiente. Es una instancia de comunicación entre las Comisiones de Participación Comunitaria, la alcaldía y el Gobierno de la Ciudad de México, que se reúne de manera trimestral a fin de informar a las autoridades de la alcaldía sobre los problemas que afectan las unidades territoriales de la demarcación y proponer medidas de atención y solución.
f) Presupuesto Participativo
El presupuesto participativo es el instrumento, mediante el cual la ciudadanía ejerce el derecho a decidir sobre la aplicación del recurso que otorga el Gobierno de la Ciudad, para que sus habitantes optimicen su entorno, proponiendo proyectos de obras y servicios, equipamiento e infraestructura urbana, y, en general, cualquier mejora para sus unidades territoriales.
Presupuesto participativo como instrumento de democracia participativa
Con este instrumento la ciudadanía ejerce el derecho a decidir sobre la aplicación del recurso que otorga el Gobierno de la Ciudad, para que sus habitantes optimicen su entorno, proponiendo proyectos de obras y servicios, equipamiento e infraestructura urbana, y, en general, cualquier mejora para sus unidades territoriales.
Los recursos del presupuesto participativo corresponden al cuatro por ciento del presupuesto anual de las demarcaciones que apruebe el Congreso local.
¿A qué está orientado el presupuesto participativo?
El presupuesto participativo deberá estar orientado esencialmente al fortalecimiento de:
- El desarrollo comunitario.
- La convivencia social.
- La acción comunitaria, que contribuya a la reconstrucción del tejido social y la solidaridad entre las personas vecinas y habitantes.
Para el caso de los presupuestos participativos que se ejecuten en unidades habitacionales, se deberán aplicar al mejoramiento, mantenimiento, servicios, obras y reparaciones en áreas y bienes de uso común.
Etapas del proceso de presupuesto participativo
Las ocho etapas que conforman el proceso del presupuesto participativo son las siguientes:
1. Emisión de la convocatoria
La convocatoria para que la ciudadanía proponga proyectos que podrán participar en la consulta de presupuesto participativo será emitida por el IECM en la primera quincena del mes de enero de cada año, en ella se especificarán de manera clara y precisa todas las etapas del proceso, sus plazos y actividades.
2. Asambleas de diagnóstico y deliberación
Una vez emitida la convocatoria, se llevará a cabo en cada una de las unidades territoriales (UT) de la Ciudad de México, una asamblea ciudadana con el objetivo de realizar un diagnóstico comunitario de las necesidades y problemáticas de la UT, en donde contarán con el acompañamiento del Instituto Electoral. El desarrollo de la asamblea, así como el listado de problemáticas y prioridades quedarán asentados en un acta elaborada por la Comisión de Participación Comunitaria de la UT, este listado podrá ser tomado en cuenta por las personas para la presentación de sus proyectos de presupuesto participativo.
3. Registro de proyectos
Toda persona habitante, sin distinción de edad, podrán registrar proyectos ante el IECM para participar en la consulta de presupuesto participativo, el registro podrá realizarse de manera presencial ante las sedes distritales del Instituto Electoral o digital en la página electrónica que se habilite año con año.
Avances para garantizar la participación
Participación de niñas, niños y adolescentes
En cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECM) al resolver el juicio con número de expediente TECDMX-JEL-089/2022, respecto de la elaboración de formatos y guías para niñas, niños y adolescentes, a efecto de que puedan participar debidamente en este tipo de instrumentos de democracia participativa; en 2023, se generó un micrositio de la Consulta de presupuesto participativo dirigido a niñas, niños y adolescentes.
Asimismo, se elaboró un formato de registro de proyectos dirigido a esta población para hacer posible el registro de los proyectos que sean de su elección y que beneficien a su UT.
Participación de personas en prisión preventiva
En un ejercicio inédito, en la Consulta de Presupuesto Participativo 2023 y 2024, fueron sometidos a votación 31 proyectos registrados por personas en prisión preventiva, cuyas propuestas fueron difundidas y promovidas por el Centro de Estudios y Acción por la Justicia (CEA Justicia Social).
Previo al registro de proyectos, el IECM realizó actividades en colaboración con el TECM (Tribunal Electoral de la Ciudad de México) y CEA Justicia Social, para brindar talleres a las personas interesadas de los Centros Penitenciarios en registrar proyectos para la Consulta de Presupuesto Participativo.
Lo anterior constituyó un importante precedente en el avance de la garantía en la participación de las personas proponentes que se encontraban en situación de prisión preventiva, garantizando y promoviendo la participación política en un plano de igualdad, inclusión e impulso del reconocimiento y respeto de los derechos políticos-electorales de este grupo de personas que se encuentran en los Centros Penitenciarios en la Ciudad de México.
4. Validación técnica de los proyectos
Se creará un Órgano Dictaminador en cada una de las demarcaciones, integrado por personas especialistas y personal de cada alcaldía, quienes evaluarán el cumplimiento de los requisitos de cada proyecto registrado, contemplando la viabilidad técnica, jurídica, ambiental y financiera, así como el impacto y beneficio comunitario. Resultado de esta evaluación se determinará si los proyectos son viables y con ello, su participación el día de la consulta para ser votados por las personas vecinas de la UT correspondiente.
El calendario de sesiones para la dictaminación de los proyectos será establecido por cada Órgano Dictaminador, el cual deberá ser publicado en la Plataforma del Instituto Electoral.
5. Día de la consulta
Los proyectos dictaminados favorablemente serán sometidos a consulta de la ciudadanía, la cual podrá emitir su opinión a favor del proyecto de su preferencia en su unidad territorial. El IECM es la autoridad encargada de organizar la consulta el primer domingo de mayo.
Con motivo de la más reciente reforma al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, en su artículo 6 se contempla el derecho que tendrán las personas en prisión preventiva para participar en el presupuesto participativo.
6. Asamblea de información y selección
Una vez validados los resultados de la consulta por parte del IECM, en cada unidad territorial se convocará a una asamblea ciudadana para informar a la población cuál fue el proyecto ganador. En esta asamblea también se lleva a cabo la integración de un Comité de Ejecución y un Comité de Vigilancia, por aquellas personas presentes que manifiesten su deseo de pertenecer a un comité, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser personas ciudadanas en pleno goce de sus derechos
- Ser habitantes de la Unidad Territorial
- No ser integrante de otro comité para el mismo ejercicio fiscal
El comité de ejecución es el encargado de verificar la correcta administración de los recursos del presupuesto participativo asignado a la unidad territorial, asiste a los procedimientos que lleve a cabo la alcaldía para la adquisición de los bienes y/o servicios y la contratación de la obra pública, inspecciona la ejecución de los proyectos ganadores y supervisa que las obras realizadas transcurran conforme a las especificaciones y calendarios contenidos en los instrumentos legales suscritos .
El comité de vigilancia verifica la correcta aplicación del recurso autorizado, el avance y la calidad de la obra, mediante la solicitud de informes a la alcaldía.
Ambos comités se coordinarán en todo momento para la toma de decisiones, a fin de asegurar la realización del proyecto ganador en tiempo y forma, en beneficio de la UT; tienen derecho a solicitar y recibir de la alcaldía, la información del avance físico y financiero de las actividades y proyectos ejecutados con el presupuesto participativo y podrán denunciar de manera formal, ante el Órgano Interno de Control de la alcaldía, aquellas irregularidades, atrasos, incumplimientos o mal uso de los recursos en la ejecución del proyecto.
7. Ejecución de proyectos
La ejecución de los proyectos seleccionados en cada UT, se realizarán en los términos de la «Guía Operativa para el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo» que emita la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, documento en el que se establecerán las disposiciones a las que deben sujetarse las alcaldías, comités de ejecución y vigilancia para la gestión, contratación, ejercicio, comprobación, seguimiento, verificación, supervisión y rendición de cuentas de los recursos del presupuesto participativo.
8. Asambleas ciudadanas de evaluación y rendición de cuentas
Finalmente, para el seguimiento de la ejecución de los proyectos ganadores, en cada unidad territorial se llevarán a cabo asambleas de evaluación y rendición de cuentas, tantas como sean necesarias, en las que se dará a conocer a la comunidad el avance en la ejecución del proyecto y ejecución del gasto. En esta asamblea, los comités de ejecución y de vigilancia podrán presentar informes sobre las actuaciones realizadas en colaboración con la alcaldía.
¿Quieres registrar un proyecto de presupuesto participativo en tu colonia?
Todo gran cambio o mejora requiere de pequeñas acciones bien dirigidas hacia un objetivo concreto. Para iniciar te recomendamos los siguientes pasos para que puedas registrar un proyecto en tu colonia, barrio o pueblo:
- Detectar necesidades o problemas en tu unidad territorial.
- Pensar en posibles soluciones.
- Proyectar la población que será beneficiada.
- Identificar la ubicación del espacio en un croquis.
- Priorizar la atención del problema o necesidad.
- Estar al pendiente de la emisión de la convocatoria en enero.
- Participar en la asamblea de diagnóstico y deliberación.
- Realizar el registro de proyectos, ya sea en su modalidad presencial o en línea.
- Emitir tu opinión el día de la jornada de la consulta de presupuesto participativo.
- Seguir la ejecución, evaluación y rendición de cuentas en el avance del proyecto.
Para obtener más información del presupuesto participativo puedes consultar:
Instrumentos de gestión, evaluación y control de la función pública
La Ley de Participación establece instrumentos específicos para una mejor gestión, evaluación y control de la función pública. Esto se llevará a cabo mediante la aplicación de los siguientes nueve instrumentos, con diferentes características y requisitos que se deben considerar en el momento de su ejecución.
a) Audiencia Pública
Es el instrumento por medio del cual las personas habitantes, las organizaciones ciudadanas y los sectores sociales hacen posible el diálogo con la persona titular de la Jefatura de Gobierno y las alcaldías, respecto de la gestión de los servicios y la ejecución de los programas sociales de la ciudad.
¿Cuál es su objetivo?
- Proponer a las personas titulares de la Jefatura de Gobierno o de las alcaldías la adopción de determinados acuerdos o la realización de ciertos actos.
- Recibir información sobre las actuaciones de los órganos que integran la administración pública.
- Presentar propuestas o quejas en todo lo relacionado con la administración pública.
b) Consulta Pública
Es el instrumento mediante el cual la persona titular de la Jefatura de Gobierno o de las alcaldías consulta de manera directa a las personas habitantes o vecinas de una determinada área geográfica su opinión respecto de cualquier tema específico que impacte en su ámbito territorial.
¿Qué temas se podrán consultar?
- Elaboración de programas y planes de desarrollo.
- Ejecución de políticas y acciones públicas territoriales.
- Uso del suelo, obras públicas y realización de todo proyecto de impacto territorial, social, cultural y ambiental en la demarcación.
c) Difusión Pública
Es la divulgación pública que están obligadas a realizar las personas titulares de la Jefatura de Gobierno y de las alcaldías, así como las personas representantes de elección popular, acerca de las acciones y funciones de su cargo, misma que no implica una promoción indebida de la imagen de las personas servidoras públicas o sus partidos políticos.
¿Cómo se realiza?
La difusión se realizará a través de los medios informativos que permitan a las personas habitantes de la ciudad o demarcación tener acceso a la información respectiva.
d) Rendición de Cuentas
Es el derecho que tienen quienes habitan la ciudad de recibir de las autoridades los informes generales y específicos acerca de su gestión, para que a partir de éstos puedan evaluar la actuación de las personas servidoras públicas.
e) Observatorios Ciudadanos
Los Observatorios Ciudadanos constituyen órganos plurales y especializados de participación que contribuyen al fortalecimiento de las políticas y las acciones de los órganos de gobierno en busca del beneficio social.
Estos tendrán como objetivo promover la reflexión, el análisis y la construcción de propuestas en torno a las diferentes políticas y temas de la vida pública, haciendo posible la corresponsabilidad entre el gobierno y la ciudadanía.
¿Quiénes integran los observatorios ciudadanos?
Se integran de manera autónoma e independiente y podrán registrarse ante el IECM con la finalidad de que dicho registro les facilite contar con información para el desempeño de sus atribuciones.
f) Recorridos Barriales
Son los recorridos que realizan las personas titulares de las alcaldías, con el fin de recabar opiniones y propuestas de mejora o solución a los problemas de la comunidad, sobre la forma y las condiciones en que se prestan los servicios públicos y el estado en que se encuentran sitios, obras e instalaciones en que la comunidad tiene interés.
g) Red de Contralorías Ciudadanas
Es un instrumento de participación por el que la ciudadanía en general, de manera voluntaria y honorífica, asume el compromiso de colaborar con la administración pública de la ciudad, para vigilar y supervisar que el gasto público se implemente de forma transparente, eficaz y eficiente.
Las personas que participen en la red tendrán la condición de contraloras ciudadanas; por lo tanto, no son personas servidoras públicas.
h) Silla Ciudadana
Es el instrumento de participación ciudadana mediante el cual la ciudadanía puede intervenir con derecho a voz en las sesiones del Cabildo de la Ciudad de México y de los Concejos de las Alcaldías en las demarcaciones territoriales.
i) Parlamento abierto
Es una serie de acciones legislativas orientadas a la habilitación de espacios de interacción entre la ciudadanía y el Congreso de la Ciudad de México para que el ejercicio de su función sea evaluado, fiscalizado y sometido al escrutinio público conforme a los siguientes preceptos:
I . Cultura de transparencia;
II. Transparencia parlamentaria;
III. Acceso a la información legislativa; y,
IV. Uso de la tecnología y datos abiertos.